Cuando nos encontramos ante la situación retrasos continuos o impagos de la nómina lo primero que tenemos que saber es que debemos de seguir acudiendo a nuestro puesto de trabajo. Si dejas de ir a trabajar, perderás tu derecho a indemnización y no podrás cobrar la prestación por desempleo.
Entonces, ¿qué tienes que hacer? Estas son las opciones:
En este paso se intentará llegar a un acuerdo con la empresa. Si no se llegase a un acuerdo se deberá acudir a los tribunales.
(Es importante recordar que la papeleta de conciliación es obligatoria para poder acudir a la vía judicial)
En este caso, se pondría fin a la relación laboral y tendrías derecho a una indemnización equivalente al despido improcedente y podrías solicitar tu prestación por desempleo.
Es importante recordar que el plazo para poder reclamar es de un año desde que empiezan a deberte las cantidades.
Siempre que la empresa te deba alguna cantidad de dinero, esta puede reclamarse. Pueden ser horas extra, parte de la nómina, las pagas extraordinarias…
En Atlántico Abogados te asesoramos y resolvemos todas tus dudas. Llámanos al 623 191 434 o escríbenos a info@atlánticoabogados.com y coméntanos tu caso.