¿Te han cambiado las condiciones de trabajo? ¿Esas condiciones de trabajo son perjudiciales para ti y no sabes cómo actuar? A continuación te explicamos que hacer cuando el empresario, de forma unilateral, modifica tus condiciones de trabajo.
Ante una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, como trabajadores tenemos varias opciones.
- Aceptar las modificaciones.
- Extinguir el contrato de trabajo y recibir una indemnización de 20 días de salario por cada año trabajado en la empresa con un máximo de 9 meses.
- Otra opción posible es que a pesar de no estar de acuerdo con las modificaciones introducidas por parte de la empresa, no queramos extinguir nuestro contrato de trabajo, por lo que en este caso debemos de acudir a los tribunales.
Lo primero es tener claro que cambios ha introducido la empresa. No todos los cambios serán modificaciones sustanciales, por lo que no podremos optar por extinguir el contrato de trabajo.
¿Qué se considera modificación sustancial de las condiciones de trabajo? La ley es muy clara al respecto, serán consideradas modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo aquellas que afecten a:
la jornada de trabajo
horario y distribución del tiempo de trabajo
régimen de trabajo a turnos
sistema de remuneración y cuantía salarial
sistema de trabajo y rendimiento
funciones a realizar (en determinados casos)
En cuanto a la movilidad geográfica, aunque hay que tener en cuenta las características en las que se ha sido contratado y el tipo de empresa, en la mayoría de los casos, si el trabajador no está de acuerdo con el traslado que exige cambio de residencia, se puede optar por aceptar el traslado con una compensación por gastos, o bien puede extinguir el contrato con una indemnización de 20 días de salario por cada año de trabajo con un máximo de 12 mensualidades.
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