Cuando nos encontramos ante la situación retrasos continuos o impagos de la nómina lo primero que tenemos que saber es que debemos de seguir acudiendo a nuestro puesto de trabajo. Si dejas de ir a trabajar, perderás tu derecho a indemnización y no podrás cobrar la prestación por desempleo.
Entonces, ¿qué tienes que hacer? Estas son las opciones:
Lo primero es siempre intentar hablar con la empresa.
Si tras hablar con la empresa siguen sin pagarte, lo siguiente que hay que hacer es reclamar las cantidades de dinero mediante una papeleta de conciliación. (Aquí es aconsejable que contrates un abogado que redacte la papeleta)
En este paso se intentará llegar a un acuerdo con la empresa. Si no se llegase a un acuerdo se deberá acudir a los tribunales.
(Es importante recordar que la papeleta de conciliación es obligatoria para poder acudir a la vía judicial)
Si las cantidades debidas son importantes, o los impagos son constantes, puede pedirse la finalización del contrato de trabajo.
En este caso, se pondría fin a la relación laboral y tendrías derecho a una indemnización equivalente al despido improcedente y podrías solicitar tu prestación por desempleo.
Es importante recordar que el plazo para poder reclamar es de un año desde que empiezan a deberte las cantidades.
Siempre que la empresa te deba alguna cantidad de dinero, esta puede reclamarse. Pueden ser horas extra, parte de la nómina, las pagas extraordinarias…
En Atlántico Abogados te asesoramos y resolvemos todas tus dudas. Llámanos al 623 191 434 o escríbenos a info@atlánticoabogados.com y coméntanos tu caso.