Reclama tus deudas de la formas más sencilla y rápida con el proceso monitorio.
El procedimiento monitorio o juicio monitorio nos permite reclamar judicialmente el pago deudas de cualquier importe.
Para poder reclamar las deudas mediante este procedimiento han de cumplirse una serie de requisitos señalados por la Ley y es que la deuda ha de ser dineraria, líquida, vencida y exigible. Analicemos brevemente que significa esto:
Dineraria: el derecho de crédito ha de expresarse en moneda de curso legal, nacional o extranjera.
Líquida: la deuda tiene que estar concretada en una suma de dinero o que su determinación dependa de una sencilla operación aritmética.
Vencida: aquella cuyo plazo para ser pagada ha trascurrido.
Exigible: aquella que no depende de una contraprestación o no está sujeta a condición.
La deuda puede acreditarse mediante cualquier tipo de documento. Suele ser común que la misma se acredite mediante facturas, albaranes, certificaciones, burofaxes pero incluso se han dado casos de reclamación de deudas acreditando su existencia con simples mensajes telefónicos o través de apps de mensajería instantánea.
El juicio monitorio principiará por un escrito denominado petición inicial de procedimiento monitorio, del que se le dará traslado al deudor, que podrá pagar u oponerse al mismo, transformándose el procedimiento monitorio en un juicio según la cantidad reclamada.
El juicio monitorio es de gran utilidad para las empresas o trabajadores autónomos a fin de reclamar las facturas que les adeudan, también para las comunidades de propietarios que pueden reclamar mediante juicio monitorio las cantidades que se les adeudan por los copropietarios en concepto de gastos comunes.
A su vez, la presentación de un juicio monitorio permite que comiencen a correr los intereses en contra del deudor, lo que permitirá al acreedor recibir una compensación más justa por el retraso en el pago.
En Atlántico Abogados somos especialistas en reclamaciones de deudas. Llámanos y concierta tu cita en el 623 191 434 o escríbenos a info@atlanticoabogados.com.